Debido a una serie de requerimientos especiales, algunos documentos se validan de forma instantánea y automática en cuanto se suben a la plataforma.


Los documentos que son susceptibles de validación automática son los siguientes:

 

  • RNT o TC2: aporta el documento original sin manipular. El sistema validará automáticamente a todos los trabajadores que aparezcan en el documento y estén dados de alta en la plataforma. Para ello, la fecha de expedición deberá ser la del mes que corresponda en el documento (el periodo de liquidación deberá ser de dos meses anteriores al mes en que se suba el documento).
  • ITA: aporta el documento original sin manipular. El sistema validará automáticamente a todos los trabajadores que aparezcan en el documento y estén dados de alta en la plataforma. La fecha de expedición deberá coincidir  con la que conste en el documento.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social: el sistema validará automáticamente el certificado. La fecha deberá ser la que figure en el certificado y en el mes en curso.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda: el sistema validará automáticamente el certificado. Para ello, la fecha deberá ser la de la expedición del documento.

 

 

Ten en cuenta que, para que el documento se valide automáticamente, los datos del CIF deben coincidir con los dados de alta en la plataforma. En caso de existir algún impedimento, el documento quedará pendiente de validar y será revisado manualmente por un técnico.


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