El empresario debe proporcionar EPIs a sus trabajadores cuando los riesgos no puedan evitarse por otros medios. Te explicamos qué son, qué debe incluir el documento de entrega y por qué te lo piden en la CAE.
¿Qué son los EPIs?
Un equipo de protección individual (EPI) es cualquier equipo destinado a ser llevado por el trabajador para protegerle de riesgos laborales: cascos, guantes, gafas de seguridad, calzado de seguridad, arneses anticaídas, protección auditiva, mascarillas, ropa de alta visibilidad, etc.
Están regulados en el artículo 17.2 de la Ley 31/1995 de PRL y en el Real Decreto 773/1997. Son siempre la última opción: solo se recurre a ellos cuando los riesgos no pueden evitarse por medios de protección colectiva o medidas organizativas.
¿Qué obligaciones tiene el empresario?
Proporcionar EPIs adecuados al riesgo, con marcado CE (Reglamento UE 2016/425), de forma gratuita.
Informar y formar al trabajador sobre qué riesgos le protegen, cómo usarlos, mantenerlos y almacenarlos.
Reponer y mantener los EPIs cuando se deterioren, caduquen o tras un impacto.
El trabajador, por su parte, debe usarlos correctamente, cuidarlos e informar de cualquier defecto (art. 29 LPRL).
¿Qué debe incluir el documento de entrega?
El documento de entrega es el acuse de recibo que firma el trabajador confirmando que ha recibido los EPIs y ha sido informado sobre su uso. Debe incluir:
Datos del trabajador (nombre, DNI) y de la empresa (nombre, CIF).
Puesto de trabajo para el que se entregan.
Listado detallado de EPIs: tipo, marca, modelo, talla y normativa (EN 388, EN 397, EN ISO 20345, etc.).
Fecha de entrega.
Declaración de que el trabajador ha sido informado sobre uso y mantenimiento.
Firma del trabajador y firma de la empresa.
⚠️ Importante: sin firma del trabajador o sin especificar qué EPIs se han entregado, el documento no es válido. En caso de accidente sin constancia documental de la entrega, la responsabilidad recae sobre el empresario.
¿Por qué te lo piden en la CAE?
El titular necesita garantías de que cada trabajador de una contrata accede con los EPIs adecuados. Aunque el art. 10 del RD 171/2004 no menciona explícitamente los EPIs, la entrega es consecuencia directa de la evaluación de riesgos: si hay riesgo, tiene que haber EPI. Si un trabajador sufre un accidente sin EPI y el titular no lo verificó, puede ser corresponsable.
Qué comprobar al validar este documento
El trabajador coincide con el asignado al contrato.
Los EPIs listados son adecuados para los riesgos del centro (si hay altura, debe aparecer arnés).
La fecha es reciente y los equipos no están caducados.
Tiene ambas firmas (trabajador + empresa).
¿Cómo se gestiona en CTAIMACAE?
Como titular: configúralo como requisito de trabajador (Sujeto = Empleado), tipo de evidencia "Subida" (opcionalmente "Con plantilla" si quieres proporcionar un modelo). Márcalo como crítico si los trabajos requieren EPIs obligatorios. Puedes usar reglas por actividad o rol para solicitar EPIs específicos según el tipo de trabajo.
Como contratista: sube el documento firmado por cada trabajador. Asegúrate de que los EPIs cubren los riesgos del centro de tu cliente, no solo los genéricos de tu empresa. Renuévalo cuando se sustituyan EPIs o cambien los riesgos.
ℹ️ Ten en cuenta: los rechazos más habituales son: EPIs que no corresponden a los riesgos del centro, documento sin firma del trabajador, y documento genérico que no detalla qué equipos se han entregado.
¿Necesitas ayuda?
Si tienes cualquier duda, estamos aquí para ayudarte:
🟩 WhatsApp: +34 664 281 487
✉️ Email: [email protected]
❓ Chat en CTAIMACAE: accede haciendo clic en el icono de interrogante en la esquina inferior derecha de tu pantalla.
