Ir al contenido principal

Qué es la vigilancia de la salud y el certificado de aptitud médica en la CAE?

La vigilancia de la salud es la obligación del empresario de controlar el estado de salud de sus trabajadores. Te explicamos qué es el certificado de aptitud, cuándo es obligatorio, qué debe incluir y cómo se gestiona en la CAE.

El certificado de aptitud médica acredita que un trabajador es apto para su puesto. Te explicamos qué es, qué debe incluir y por qué te lo piden en la CAE.

¿Qué es?

La vigilancia de la salud es la obligación del empresario de controlar periódicamente el estado de salud de sus trabajadores en función de los riesgos del puesto (art. 22 LPRL). Su resultado es el certificado de aptitud médica, emitido por el médico del trabajo del SPA o SPP.

El empresario está obligado a ofrecerlo. Para el trabajador es voluntario, salvo 3 excepciones en las que es obligatorio: cuando sea imprescindible para evaluar los efectos del trabajo, cuando su estado de salud pueda suponer un peligro para sí mismo o terceros, o cuando lo exija una disposición legal. En la práctica, muchas actividades de la CAE (altura, riesgo eléctrico, maquinaria, químicos) entran en estas excepciones.

Conclusiones posibles

  • Apto: puede desempeñar todas las funciones sin restricciones.

  • Apto con limitaciones: puede trabajar pero con restricciones especificadas (ej: no apto para altura).

  • No apto / No apto temporal: no puede desempeñar el puesto.

  • En observación: pendiente de pruebas complementarias.

⚠️ Importante: el certificado nunca debe incluir datos médicos (diagnósticos, analíticas). Solo la conclusión de aptitud, las limitaciones y el puesto evaluado. Si recibes uno con datos clínicos, no deberías tenerlo: está protegido por la LOPDGDD.

¿Qué debe incluir un certificado válido?

  • Datos del trabajador (nombre, DNI) y de la empresa (nombre, CIF).

  • Puesto de trabajo evaluado (debe coincidir con las tareas del contrato).

  • Conclusión de aptitud (con limitaciones especificadas si las hay).

  • Protocolo médico aplicado (manipulación de cargas, PVD, ruido, químicos, altura…).

  • Fecha del reconocimiento y fecha de próxima revisión.

  • Firma y sello del médico del trabajo con número de colegiado.

¿Por qué te lo piden en la CAE?

El titular necesita verificar que los trabajadores de las contratas están médicamente capacitados para las tareas que van a realizar en su centro. Un trabajador "no apto" o con limitaciones incompatibles no debería acceder. Si el titular no verifica la aptitud y hay un accidente, puede ser considerado corresponsable.

¿Y si aportan una renuncia en vez de la aptitud?

La renuncia acredita que la empresa ofreció el reconocimiento y el trabajador lo rechazó. Es válida como prueba del cumplimiento de la empresa, pero como titular puedes decidir no aceptar renuncias y exigir aptitud vigente como condición de acceso. Si los trabajos entran en las excepciones del art. 22, la renuncia no es válida: el reconocimiento es obligatorio.

En CTAIMACAE

Titular: Sujeto = Empleado, evidencia "Subida", vencimiento "Periódico" anual, márcalo como crítico. Al validar, comprueba puesto evaluado, firma del médico y ausencia de datos clínicos.

Contratista: sube el certificado de cada trabajador asignado al contrato. Si es apto con limitaciones, verifica que son compatibles con las tareas antes de asignarlo. Renuévalo antes de que caduque.

ℹ️ Rechazos habituales: documento caducado (más de un año), puesto evaluado que no corresponde a las tareas del contrato, y ausencia de firma del médico del trabajo.

¿Necesitas ayuda?

Si tienes cualquier duda, estamos aquí para ayudarte:

  • 🟩 WhatsApp: +34 664 281 487

  • ✉️ Email: [email protected]

  • Chat en CTAIMACAE: accede haciendo clic en el icono de interrogante en la esquina inferior derecha de tu pantalla.

¿Ha quedado contestada tu pregunta?