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¿Qué criterios se verifican en el documento de Modalidad Preventiva adoptada?

Conoce qué información se revisa al validar este documento en CTAIMA, qué especialidades deben quedar justificadas y qué opciones de modalidad preventiva se aceptan.

¿Qué es este documento y por qué se valida?

La modalidad preventiva adoptada es el conjunto de documentos que acredita cómo gestiona la empresa contratista la prevención de riesgos laborales. Al subirlo a CTAIMA, el equipo de validación comprueba que los datos de la empresa son correctos, que todas las especialidades preventivas quedan cubiertas y que la documentación está vigente.

¿Qué se comprueba durante la validación?

  • Datos de la empresa. La información identificativa debe coincidir exactamente con los datos registrados en CTAIMA para esa empresa contratista.

  • Especialidades preventivas cubiertas. La documentación debe justificar que la empresa tiene cubiertas las cuatro especialidades obligatorias: Seguridad, Higiene, Ergonomía/Psicosociología y Vigilancia de la Salud.

  • Vigencia del servicio o del certificado. Este criterio depende de la modalidad preventiva de la empresa:

    • Si la empresa tiene un Servicio de Prevención Ajeno (SPA), el documento debe indicar hasta qué fecha la empresa está al corriente de pago del servicio contratado. Se comprueba que esa fecha no haya vencido en el momento de la validación.

    • Si la empresa tiene un Servicio de Prevención Propio o Mancomunado (SPP/SPM), no se exige ninguna fecha de "al corriente de pago": al ser un servicio interno (o compartido entre empresas del mismo grupo), no existe una relación de contratación externa a la que aplicar ese criterio. En su lugar, se comprueba que el certificado de la auditoría externa reglamentaria esté vigente (ver más abajo).

¿Qué modalidades preventivas se aceptan?

  • Servicio de Prevención Ajeno (SPA). La empresa contrata con una entidad externa la gestión de las especialidades preventivas.

  • Servicio de Prevención Propio o Mancomunado (SPP/SPM). La empresa cuenta con un servicio de prevención interno o compartido entre varias empresas del mismo grupo.

  • Asunción por el empresario. El propio empresario asume las funciones preventivas. Puede asumir las especialidades técnicas (Seguridad, Higiene y Ergonomía/Psicosociología), pero no puede asumir la Vigilancia de la Salud, que debe cubrirse siempre por otra vía (normalmente un SPA). Para asumir estas funciones, debe acreditar la formación preventiva del nivel correspondiente (básico, intermedio o superior, según la especialidad y el riesgo de la actividad, conforme al RD 39/1997).

  • Designación de trabajadores. La empresa designa a uno o varios trabajadores para encargarse de la prevención.

¿Qué ocurre si la empresa tiene un SPP o SPM?

Debe adjuntarse además el certificado que acredita haber superado una auditoría externa. Este certificado tiene su propia fecha de vigencia: se comprueba que dicha auditoría no haya caducado en el momento de la validación. No se requiere ninguna fecha de "al corriente de pago", ya que ese requisito es exclusivo del SPA. Sin el certificado de auditoría vigente, la documentación no se considerará completa.

ℹ️ Ten en cuenta: Las cuatro especialidades preventivas deben quedar justificadas en la documentación aportada. Si alguna no aparece cubierta, el documento será rechazado.

⚠️ Importante: Comprueba la fecha de vigencia antes de subir el documento. Si tienes un SPA, revisa que la fecha de estar al corriente de pago no haya vencido. Si tienes un SPP/SPM, revisa que el certificado de auditoría externa esté vigente. En ambos casos, si la fecha ha vencido en el momento de la validación, el documento no será aceptado.

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