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¿Qué formaciones de convenio son obligatorias en construcción y metal (TPC/TPM)?

Formación obligatoria por convenio en construcción y metal: TPC, TPC Metal y TPM. Horas exigidas, quién las emite y motivos de rechazo habituales en la gestión CAE de CTAIMA.

Convenio de la Construcción (VII Convenio General)

  • Formación inicial (1er ciclo): 8 horas presenciales. Riesgos generales del sector. Obligatoria para entrar en obra.

  • Formación por oficio (2º ciclo): 20 horas presenciales (14h comunes + 6h específicas del oficio). Oficios: albañilería, electricidad, fontanería, encofrados, ferrallado, pintura, soldadura, maquinaria, trabajos en altura, etc.

  • Otras: directivos (10h), responsables de obra (20h), mandos intermedios (20h), administrativos (20h), recurso preventivo (60h mixtas), delegados de prevención (70h mixtas).

La Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC) acredita esta formación. Se solicita a través de la Fundación Laboral de la Construcción (FLC). Solo pueden impartir la formación los SPA homologados por la FLC.

Convenio del Metal (II Convenio Estatal)

Distingue dos situaciones:

Metal EN obra de construcción: misma formación que construcción (8h + 20h) → obtiene TPC Metal (FLC). Reciclaje obligatorio: 4h cada 3 años. Oficios: instalaciones eléctricas, climatización, ascensores, estructuras metálicas, cerrajería, telecomunicaciones, gasoductos.

Metal FUERA de obra (fábricas, locales, centros de clientes que no son obra): formación propia de 20h por actividad → obtiene TPM (Fundación del Metal). Reciclaje: 4h cada 3 años.

⚠️ Importante: TPC Metal ≠ TPM. Un trabajador del metal que entra en obra necesita TPC Metal, no TPM. Las convalidaciones entre ambas existen pero no son automáticas.

¿Por qué te las piden en la CAE?

El art. 10 del RD 171/2004 obliga al empresario principal a exigir la acreditación de formación de los trabajadores de sus contratas. En construcción y metal esta formación es obligatoria por convenio colectivo. Además, la Ley 32/2006 de Subcontratación exige formación específica para trabajar en obra.

En CTAIMA

Titular: Sujeto = Empleado, evidencia "Subida", márcalo como crítico. Usa reglas por actividad: "Obras" → TPC; "Mantenimiento eléctrico" → TPC Metal o TPM según si trabaja en obra o no.

Contratista: sube el certificado o la TPC/TPM de cada trabajador. Verifica que la formación corresponde al oficio que va a desempeñar.

ℹ️ Rechazos habituales: formación de oficio diferente al que realiza, TPC/TPM caducada por falta de reciclaje, entidad no homologada, y trabajador del metal en obra con TPM en lugar de TPC Metal.

¿Necesitas ayuda?

Si tienes cualquier duda, estamos aquí para ayudarte:

  • 🟩 WhatsApp: +34 664 281 487

  • Chat en CTAIMACAE: accede clicando en el icono del chat.

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